Regulan el uso de monopatines
El Concejo Deliberante estableció un marco normativo para la circulación de los vehículos de movilidad personal, prohibiendo su tránsito por rutas y fijando como requisito el uso de casco y seguro.
Aprueban la ordenanza que regula la circulación de los vehículos de movilidad personal en la ciudad, la medida busca integrar los monopatines eléctricos al tránsito urbano de forma ordenada y bajo pautas claras de seguridad vial.
El concejal Julián Algañaras (Bloque Vamos Con Todos) fundamentó la normativa y destacó el aspecto tributario del proyecto: “No se aplicarán tasas al uso del monopatín”, aseguró, disipando dudas sobre posibles cobros o gravámenes locales para quienes utilicen este medio de movilidad.
Puntos clave de la normativa
- Prohibición en rutas: Queda estrictamente prohibido el tránsito de estos vehículos por rutas provinciales o nacionales.
- Límite de velocidad: En concordancia con la Ley Nacional de Tránsito N° 24.449, la velocidad máxima permitida para circular en la zona urbana será de 30 km/h.
- Equipamiento de seguridad: Es obligatorio el uso de casco, disponer de un sistema de frenos adecuado y contar con luces reglamentarias para garantizar la visibilidad nocturna.
- Seguro obligatorio: Se exige la contratación de un seguro de responsabilidad civil que cubra eventuales daños a terceros.
- Estacionamiento: Únicamente se podrá estacionar sobre la acera o en los espacios específicos que determine la Autoridad de Aplicación.
Con este encuadre regulatorio, el Municipio busca acompañar la expansión de las nuevas tecnologías de micro-movilidad sin comprometer la seguridad de los peatones ni del resto de los actores viales.
mtobar
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